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Cursos y titulaciones oficiales de SEGURIDAD PRIVADA
(Homologados por el Ministerio del Interior)

Dependientes de la Dirección General de la Policía:

viñeta Vigilante de Seguridad
viñeta Vigilante de Explosivos
viñeta Escolta Privado
viñeta Operador de Escáner

Dependientes de la Dirección General de la Guardia Civil:

viñeta Guarda Particular del Campo
(y sus especialidades de: Guardapesca Marítimo y Guarda de Caza)


Convocatorias:

Puedes consultarlas todas en la sección convocatorias.

77ª convocatoria de Vigilantes de Seguridad.
Bases: Resolución de 17 de diciembre de 2009 (BOE núm. 14, de 16-01-10; páginas 3992-4009).

Número de convocatoria: 2010/77.
Órgano convocante: Secretaría de Estado de Seguridad.
Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Modelo de instancia: www.policia.es y/o en Apéndice V.
Plazo de presentación de instancias: Del 17-01-10 al 26-01-10, ambos inclusive.
Temario: Apéndices II, III y IV de la convocatoria.
Pruebas de aptitud física: Apéndice I.
Modelo de Declaración jurada: Apéndice VI.
Lista de convocados a examen con indicación de las sedes asignadas y calendario de pruebas. Disponible en el teléfono 902 150 002.
Listas de participantes que han superado las pruebas de selección y documentación a presentar. Disponible en el teléfono 902 150 002.

78ª convocatoria de Vigilantes de Seguridad.
Bases: Resolución de 17 de diciembre de 2009 (BOE núm. 14, de 16-01-10; páginas 3992-4009).

Número de convocatoria: 2010/78.
Órgano convocante: Secretaría de Estado de Seguridad.
Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Modelo de instancia: www.policia.es y/o en Apéndice V.
Plazo de presentación de instancias: Del 08-02-10 al 17-02-10, ambos inclusive.
Temario: Apéndices II, III y IV de la convocatoria.
Pruebas de aptitud física: Apéndice I.
Modelo de Declaración jurada: Apéndice VI.
Lista de admitidos y excluidos a las pruebas, con indicación de las sedes asignadas y del calendario de pruebas para los convocados a examen. Disponible en el teléfono 902 150 002.

79ª convocatoria de Vigilantes de Seguridad.
Bases: Resolución de 17 de diciembre de 2009 (BOE núm. 14, de 16-01-10; páginas 3992-4009).

Número de convocatoria: 2010/79.
Órgano convocante: Secretaría de Estado de Seguridad.
Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Modelo de instancia: www.policia.es y/o en Apéndice V.
Plazo de presentación de instancias: Del 15-03-10 al 24-03-10, ambos inclusive.
Temario: Apéndices II, III y IV de la convocatoria.
Pruebas de aptitud física: Apéndice I.
Modelo de declaración jurada: Apéndice VI.

IMPORTANTE: En la fecha de terminación del respectivo plazo de presentación de solicitudes de cada convocatoria, los aspirantes habrán de reunir todos los requisitos exigidos y, entre ellos, tener el diploma acreditativo de haber superado el curso.
Las bases de la convocatoria se podrán consultar en la Secretaría del Centro o en la web del Ministerio del Interior (www.mir.es)

Documentación a presentar antes de los exámenes
(dentro del plazo de presentación de instancias de cada convocatoria).

Para cualquier asunto relacionado con la MATRICULACIÓN dirígete a la sede más cercana a tu domicilio o expón cualquier pregunta o duda a través de nuestros teléfonos y formulario de consultas.

Normativa básica reguladora:

  • Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE núm. 46, de 22 de febrero), en su redacción dada por la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto (BOE núm. 186, de 5 de agosto) y por la Ley 10/1999, de 21 de abril (BOE núm. 96, de 22 de abril).
  • Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada (BOE núm. 186, de 4 de agosto), en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 2/1999, de 29 de enero (BOE núm. 26, de 30 de enero), por el artículo 85 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre (BOE núm. 313, de 30 de diciembre)  y por el Real Decreto-Ley 8/2007, de 14 de septiembre (BOE núm. 225, de 19 de  septiembre).
  • Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (artículo 44) (BOE núm. 315, de 31 de diciembre).
  • Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado (disposición adicional cuarta) (BOE núm. 90, de 15 de abril), modificada por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre (BOE núm. 313, de 30 de diciembre).
  • Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (BOE núm. 8, de 10 de enero de 1995), redactado conforme a las modificaciones introducidas por el Real Decreto 938/1997, de 20 de junio (BOE núm. 148, de 21 de junio),  por el Real Decreto 1123/2001, de 19 de octubre (BOE núm. 281, de 23 de noviembre) y por el Real Decreto 277/2005, de 11 de marzo (BOE núm. 61, de 12 de marzo) .
  • Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada (BOE núm. 289, de 3 de diciembre).
  • Orden de 26 de junio de 1995, por la que se regula la organización y funcionamiento de las Comisiones Mixtas de Coordinación de la Seguridad Privada (BOE núm. 158, de 4 de julio).
  • Orden de 7 de julio de 1995, por la que se da cumplimiento a diversos aspectos del Reglamento de Seguridad Privada sobre personal (BOE núm. 169, de 17 de julio), en su redacción dada por la Orden de 14 de enero de 1999 (BOE núm. 24, de 28 de enero), por la Orden de 10 de mayo de 2001 (BOE núm. 125, de 25 de mayo) y por la Orden INT/1751/2002, de 20 de junio (BOE núm. 165, de 11 de julio).
  • Orden de 15 de febrero de 1997 por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los Guardas particulares del Campo para desempeñar funciones de vigilancia y guardería (BOE núm. 48, de 25 de febrero), modificada por la Orden de 30 de abril de 1998 (BOE núm. 120, de 20 de mayo).
  • Orden de 14 de enero de 1999 por la que se aprueban los modelos de informes de aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada (BOE núm. 20, de 23 de enero).
  •  Resolución de 19 de enero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se determinan aspectos relacionados con el personal de seguridad privada en cumplimiento de la Orden del Ministerio de Justicia e Interior de 7 de julio de 1995 (BOE núm. 27, de 31 de enero, corrección de errores en BOE núm. 61, de 11 de marzo), modificada por la Resolución de 18 de enero de 1999, de la Secretaría de Estado de Seguridad, en lo referente a la uniformidad y módulos profesionales de formación de los Guardas particulares del campo y en lo relativo a los módulos profesionales de formación de los Vigilantes de seguridad (BOE núm. 24, de 28 de enero. Corrección de errores en BOE núm. 55, de 5 de marzo).
  •  Resolución de 7 de enero de 1997, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se regula la adquisición de los distintivos de los Vigilantes de Seguridad y de los Vigilantes de Explosivos y se concretan sus características (BOE núm. 44, de 20 de febrero).
  •  Resolución de 13 de enero de 1997, de la Dirección General de la Policía, por la que se delegan determinadas competencias en materia de seguridad privada en el Jefe de la División de Formación y Perfeccionamiento de este centro directivo (BOE núm. 36, de 11 de febrero).
  •  Resolución de 18 de marzo de 1997, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se delegan competencias en materia de armas, explosivos y seguridad privada (BOE núm. 99, de 25 de abril) (corrección de errores en BOE núm. 129, de 30 de mayo), modificada por la Resolución de 23 de marzo de 1998 (BOE núm. 78, de 1 de abril).
  •  Resolución de 23 de marzo de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se asignan competencias en materia de seguridad privada sobre centros de formación y actualización exclusiva para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades y se reestructura la Comisión de valoración del profesorado de dichos centros (BOE núm. 83, de 7 de abril).
  •  Resolución de 16 de noviembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban los modelos oficiales de los Libros-Registro que se establecen en el Reglamento de Seguridad Privada (BOE núm. 295, de 10 de diciembre).

 


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